Sobre el ITBMS o Impuestos de compras en Panamá
Como siempre nos interesa hacer de forma muy clara y sencilla las explicaciones sobre la información de Panamá, para los extranjeros que nos visitan y no conocen las leyes o procesos.
En Panamá, a partir del 1 de abril del 2003 (Decreto Ejecutivo No. 84 de 26 de agosto de 2005) se modificó la ley que regía el ITBM o Impuesto de transferencia de bienes muebles y se convirtió en ITBMS (Impuesto de transferencia de bienes, muebles y la prestación de serbicios) basicamente añadiendo servicios que no estaban gravados previamente.
El ITBMS (que en otros paises es conocido como IVA) es de 5% sobre el valor total de la compra con excepciones como bebidas alcohólicas o tabaco que tienen un impuesto mayor (10%) y los medicamentos que estan exentos.
Es conocido e incluso algunos visitantes lo afirman en sus comentarios que algunos comercios exoneran del ITBMS a aquellos extranjeros que presenten su pasaporte al momento de cancelar su cuentas, pero esto es una violación a la ley y puede derivar en multas o cierre del local comercial.
En el caso de la Zona Libre de Colón, al ser una Zona especial por ley, las compras no pagan el ITMBS.






